Mesas electorales
INFORMACIÓN
- Solicitud de voto por correo
Plazo de solicitud: 06/10/2026 - 19/11/2026 (inclusive)
Las solicitudes se pueden hacer tanto presencialmente en las oficinas de Correos como a través de la web de Correos.
- Quién puede votar
En las próximas Elecciones Generales, que se celebrarán el 29 de noviembre, podrán votar los españoles mayores de 18 años inscritos en el censo electoral que residan tanto en España como en el extranjero.
Documentos acreditativos del elector:
- DNI
- Pasaporte
- Permiso de conducir
Aunque los documentos con la foto estén caducados, sirven para votar.
- Envío de propaganda electoral
Plazo: hasta el 19/10/2026
A los representantes de las candidaturas se les entregan copias del censo de votantes para que realicen los envíos de propaganda electoral por correo. Cualquier persona que figure en dicha lista electoral podrá solicitar su retirada o inclusión en la misma.
Si no solicita la retirada, estará presente automáticamente en los envíos propagandísticos.
Solicitud en la Oficina del Censo Electoral (Jose Maria Soroa, 23), en su sede electrónica o en la Oficina de Atención Municipal.
En todo caso, la exclusión puede solicitarse en cualquier momento y surtirá efecto a partir de las próximas elecciones.
- Sorteo de la Mesa Electoral: lunes 2 de noviembre a las 9 de la mañana.
Tras el sorteo, se podrá consultar con el número de DNI de esta web si ha sido seleccionado.
Manual de instrucciones para las personas que integran las Mesas electorales
- Presentación de excusas y reclamaciones
Es obligatorio presentar documento de notificación de su nombramiento, fotocopia de su documento de identidad (DNI, pasaporte o NIE) y justificantes específicos del motivo que alega.
Toda la documentación se presentará a la Junta Electoral de Zona (JEZ). Adjudicado en un plazo máximo de 7 días naturales.






