Ordizia. Kalea. Komertzioa

ESTADO DE ALARMA COVID-19: DESESCALADA FASE 0, CONDICIONES APERTURA CON CITA PREVIA

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo del Ministerio de Sanidad, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado. El objetivo de este bando es transmitir las condiciones para la apertura al público de establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados

¿Quién puede abrir?

  • Superficie < 400m²

  • Con cita previa, en el interior máximo una persona por cada trabajador/a y sin zonas de espera.

  • Horario de atención preferente para personas mayores de 65 años, dentro de su franja horaria para salir a pasear (10:00-12:00 y 19:00-20:00)

Medidas de seguridad

  • No puede trabajar personas diagnosticadas y en aislamiento domiciliario por COVID-19, o en cuarentena por contacto con personas diagnosticadas.

  • El personal contará con Equipos de Protección Individual (EP) y gel virucida, o agua y jabón.
  • Los puestos de trabajo deben estar a 2 metros de distancia entre sí.
  • Se garantizará una ventilación adecuada

  • Atención individualizada, la misma persona no podrá atender a más de una persona simultáneamente.

  • Distancia de seguridad:

    • 1 metro con medidas de protección o barreras (mamparas, mostrador, pantallas, mascarillas y guantes)

    • 2 metros sin protección.

    • Mismas distancias entre el personal y en zonas privadas, y entre distintos/as clientes/as..

    • Si se puede atender a más de una persona al mismo tiempo porque trabajan más de un persona, garantizar distancia de 2 metros, con marcas en el suelo, o mediante el uso de balizas, cartelería y señalización.

    • En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal (peluquerías, centros de estética o fisioterapia) se deberá utilizar el equipo de protección individual oportuno que asegure la protección tanto del trabajador como de la clientela, debiendo asegurar en todo caso el mantenimiento de la distancia de dos metros entre un/a cliente/a y otro/a.

    • Han de disponerse dispensadores de geles hidroalcohólicos en la entrada del local, siempre en uso.
    • Papelera obligatoria, a ser posible con tapa y pedal, en los que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable

    • Si existe autoservicio, debe estar a cargo de una persona trabajadora para evitar que la clientela lo utilice
    • No puede haber productos de prueba para la clientela.

    • Si se utilizan probadores, deberán utilizarse por una única persona y después de su uso se limpiarán y desinfectarán.

    • En caso de que un cliente se pruebe una prenda que posteriormente no adquiera, el titular del establecimiento implementará medidas para que la prenda sea higienizada antes de que sea facilitada a otros clientes.

 

Desplazamientos:

  • Los desplazamientos solo están permitidos dentro del municipio de residencia, salvo que el servicio o producto no se encuentre disponible en el mismo.

  • Los sistemas de recogida de producto en el local están permitidos.

Limpieza y desinfección:

  • 2 veces al día mínimo, una de ellas siempre al cierre, para la otra posible pausa al mediodía.

  • Puestos de trabajo en cada cambio de turno.
  • Papeleras frecuentemente, una vez al día mínimo

  • Si hay más de una persona trabajadora las medidas de limpieza se extenderán a zonas privadas de los trabajadores, tales como vestuarios, taquillas, aseos, cocinas y áreas de descanso.

Atención especial:

  • Superficies de contacto: pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, carros y cestas, grifos, etc.

  • Mostradores, mamparas, teclados, terminales de pago, pantallas táctiles, herramientas de trabajo y otros elementos susceptibles de manipulación, sobre todo los utilizados por más de un trabajador

Productos limpieza

  • Desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada, o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad. Si se utiliza un desinfectante comercial se respetarán las indicaciones de la etiqueta.
  • Tras cada limpieza, desechar materiales empleados y EPIs de forma segura, y lavado de manos posterior

Ropa de trabajo

  • Lavado y desinfección diaria de los uniformes y ropa de trabajo.

  • Debe lavarse de forma mecánica en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados centígrados.

  • Si no se utiliza uniforme o ropa de trabajo, lavar igualmente prendas del personal, por lo que se recomienda el uso de batas, uniformes, etc.

Aseos

  • No se utilizarán los aseos de los establecimientos comerciales por parte de los clientes, salvo en caso estrictamente necesario. En este último caso, se procederá de inmediato a la limpieza de sanitarios, grifos y pomos de puerta.