El Ayuntamiento de Ordizia adapta un piso para emergencia social. “Es propiedad del Ayuntamiento pero estaba sin uso, y después de adecuarlo, se utilizará para dar respuesta a las situaciones de emergencia que puedan surgir”, destaca la concejala de Bienestar, Educación e Igualdad. Estas semanas se procederá a dotar de muebles, y ya estará disponible para su uso. Se ha realizado una pequeña obra para que el local cumpliese las medidas de movilidad.
De hecho, en el Ayuntamiento de Ordizia ya existe una ordenanza en referencia a las casas de emergencia y en ella se detalla quiénes podrían utilizarlo. En primer lugar, el piso de acogida será para la atención de situaciones de urgencia social en los que se ofrece alojamiento a personas y unidades de convivencia que requieren una estancia de corta duración para hacer frente a la carencia de alojamiento derivada de una situación de emergencia o urgencia social, como podrían ser catástrofes, incendios, inundaciones o fenómenos similares que inhabiliten la edificación a la persona o personas de la unidad familiar. En estos casos habrá que realizar una aportación económica, dependiendo de la renta. Por otro lado, el piso también tiene uso de piso de acogida para mujeres víctimas de violencia doméstica. En los que se ofrece alojamiento a personas y unidades de convivencia que requieren una estancia de corta duración para poder recuperarse y superar una situación de violencia doméstica siempre que no requiera medidas de protección. En este caso el uso será gratuito.
“El Ayuntamiento de Ordizia es consciente del aumento del envejecimiento de la población y es por ello que, dentro de la ordenanza quieren regular que aquellas personas que hayan perdido la movilidad y tengan que realizar rehabilitaciones y/o obras de accesibilidad en el hogar, también puedan utilizar esta casa de emergencia durante el proceso. Este punto se llevará a Pleno para que también se incluya este punto en la ordenanza”, destaca la concejala.
Uso limitado
Salvo en circunstancias especiales este servicio se limita a facilitar el alojamiento, no ejerciéndose tutela alguna ni existe el mismo personal al cuidado de las personas acogidas, si bien se hará un seguimiento de las personas, de la situación que ha llevado a ocupar la vivienda y del plan de intervención correspondiente desde el departamento de Servicios Sociales y el uso de la casa no será ilimitada. Es decir, con carácter general, la duración podrá ser de cuatro meses contados a partir de la fecha
de la firma del contrato. Este plazo solo podrá ser ampliado mediante resolución del órgano competente, pero, en cualquier caso, la duración máxima de permanencia en la vivienda municipal no podrá superar los ocho meses.
Cualquier persona o unidad de convivencia residente en Ordizia puede ser usuaria de este servicio, con una antigüedad mínima de seis meses ininterrumpidos en el padrón. Los trámites deberán realizarse mediante el Departamento de Bienestar Social.